Retención en la fuente aplicable en el año 2012
Concpeto general de retención en la fuente
Contrario el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún
impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que
bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y
comercio.
La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto,
ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de IVA, de Renta o de ICA.
La retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a la que se le debe retener, el AGENTE DE RETENCION
que es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de
retención que es el hecho económico que se realiza y está sometido a
retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de
retención, y la base de retención es el valor o monto sujeto a
retención.
La retención en la fuente es diferente para cada impuesto.
Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente
por Iva o mas conocida como reteiva y la retención en la fuente por
Ica, también conocida como reteica
A veces se suele aplicar de forma generalizada el concepto de
retención en la fuente al impuesto de renta, lo cual es equivocado,
puesto que, como ya se explicó, existe retención en la fuente para cada
impuesto, y en el caso del impuesto de renta, el concepto adecuado es
retención en la fuente por renta o reterenta.
Principales conceptos y tarifas de retención para el 2012
Concepto | Base Uvt | Base pesos | Tarifa |
Venta de Bienes Raíces | 0 | 100% | 1% |
Contratos de construcción y urbanización | 0 | 100% | 1% |
Compra de combustible | 0 | 100% | 0.10% |
Consultoría en obras públicas | 0 | 100% | 2% |
Intereses o rendimientos financieros | 0 | 100% | 7% |
HONORARIOS Y COMICIONES | 0 | 100% | 10%/11% |
Arrendamiento de bienes muebles | 0 | 100% | 4% |
Contratos de consultoría y administración delegada | 0 | 100% | 6% |
Compras | 27 | 703,000 | 3,5% |
Servicios en general ** | 4 | 104,000 | 4%/6% |
Por emolumentos eclesiásticos *** | 27 | 703,000 | 3,5%/4% |
Servicios de transporte de carga | 4 | 104,000 | 1% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros | 27 | 703,000 | 3.50% |
Servicios temporales | 4 | 104,000 | 1% |
Servicios de aseo y vigilancia | 4 | 104,000 | 2% |
Arrendamiento de bienes raíces | 27 | 703,000 | 3.50% |
Loterías, Rifas, Apuestas y similares | 48 | 1,250,000 | 20% |
Servicios de hoteles y restaurantes | 4 | 104,000 | 3.50% |
Otros ingresos tributarios | 27 | 703,000 | 3.50% |
Compra de productos agrícolas sin procesamiento industrial | 92 | 2,397,000 | 1.50% |
Compra de productos agrícolas con procesamiento industrial retenedores | 27 | 703,000 | 3.50% |
Compra de café pergamino o cereza | 160 | 4,168,000 | 0.50% |
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar | 5 | 130,000 | 3% |
- 11% para pagos o abonos en cuenta a las PERSONAS NATURALES por contratos cuyo valor superen la suma de 3.300 UVT.
- 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Naturales, sobre el exceso de 3.300 UVT en el año 2010.
- 10% para pagos o abonos en cuenta a las demás Personas Naturales
(**) 6% para no obligados a declarar renta.
4% para personas jurídicas y personas naturales obligadas a declarar renta.
(***) 4% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales declarantes de renta.
3.5% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales no declarantes de renta.
Nota 1: El Uvt para el 2011 es de $25.132.
Nota 2: Las bases que figuran o Uvt o 100%, significan que se aplicará la retención sobre cualquier valor, sobre cualquier base, sobre el 100% de la operación sin importar su monto.
En las otras bases se aplicará la retención sobre valores iguales o superiores. Por ejemplo, la retención por compras se aplicará sobre operaciones iguales o superiores a $679.000
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